PROCESO PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA
CONTRATACIÓN DE ANDALUCÍA. ORDEN de 24 de abril de 2016 por la
que se prorrogan para 2016 algunas de las medidas aprobadas por el
DECRETO-LEY 8/2014 de 10 de junio de 2014
Por medio del presente, el Ayuntamiento de Padul, convoca Proceso Selectivo para
la contratación laboral de personas que cumplan con los requisitos establecidos en el
DECRETO-LEY 8/2014 de 10 de junio de 2014 de medidas extraordinarias y urgentes
para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía.
Requisitos de las personas destinatarias:
Las personas destinatarias del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de
Andalucía deberán estar empadronadas en el municipio donde presenten la solicitud y
reunir los siguientes requisitos:
a) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la
contratación financiada con cargo a este Programa se encuentren en situación de
demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo y no hayan
trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud.
b) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la
contratación financiada con cargo a este Programa pertenezcan a una unidad familiar
donde concurran las siguientes circunstancias:
1.º Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud para acogerse a la
contratación financiada con cargo a este Programa todos las personas que componen
la unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo
domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a
excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a
esa fecha, las víctimas de violencia de genero y las personas andaluzas retornadas.
2.º Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que
forman la unidad familiar sea:
- Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), para unidades
familiares de una sola persona.
- Inferior a 1,3 veces el IPREM para unidades familiares de dos personas.
- Inferior a 1,5 veces el IPREM para unidades familiares de tres personas.
- Inferior a 1,7 veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más personas.
A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de
la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de
presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a
este Programa.
c) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de
exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe realizado por la
persona trabajadora social de los Servicios Sociales Comunitarios. El informe social
solo se emitirá si la persona solicitante cumple los requisitos señalados en este
artículo.
La información sobre las Bases que rigen el proceso selectivo,
Requisitos de los aspirantes, Documentación a presentar y Solicitudes, en la
Oficina de Gestión de Programas del Ayuntamiento de Padul
,
del 29 de
Noviembre al 16 de Diciembre de 2016 en horario de 9:00 a 14:00
.
Padul a 28 noviembre de 2016